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Yedidiah entre omisiones y malos tratos

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Ana Arancibia mostró una serie de fotos días antes de que la Unidad de Violencia Intrafamiliar entregara su hija al DIF. Fotografía: Jorge Gómez  / plex

Ana Arancibia mostró una serie de fotografías con Yedidiah, tomadas meses y días antes de que la Unidad de Violencia Intrafamiliar entregara su hija al DIF el 20 de junio del 2015.
Fotografía: Jorge Gómez / plex


Ensenada, B.C.- En estos momentos lo único que Ana Arancibia Luna desea, es que el DIF Estatal le regrese a su hija de 4 años de edad, Yedidiah Arancibia, quien está hospitalizada tras haber tenido problemas serios de salud.

La situación de Yedidiah, ocurrió después de que el propio personal del DIF decidiera mantener la custodia de la menor en una casa hogar de particulares, en la delegación de Maneadero, denominada Casa Hogar Cañón Buena Vista. Y posteriormente en un albergue temporal, sumando más de un mes en custodia del DIF, periodo en el que su estado de salud se deterioró.

A la niña le encontraron piojos, recibió múltiples piquetes de insectos, presentó sarpullidos en distintas zonas de su piel, y sufrió problemas por falta de higiene que fueron denunciados a plex esta misma semana, tanto por la madre de la menor, como por fuentes al interior del propio DIF. Y esas no eran las condiciones en las que originalmente había dejado la custodia de su madre.

Todo eso, antes de que terminara internada en el Hospital General de la Ciudad, con una sonda insertada hasta el estómago, y donde hasta este sábado permanecía en observación.

La menor fue separada de su madre el 20 de junio del 2015, tras un reporte telefónico en el que denunciaban maltrato infantil.

En esa fecha, el día 20 a las 12:30 horas, policías municipales recibieron el reporte de C-4, y acudieron a la casa donde vive Arancibia Luna con su hija, cuestionando a la mujer sobre la denuncia.

Ella admitió que había aplicado “un correctivo” a la menor, golpeándola con una vara de carrizo en un glúteo.

La declaración de Arancibia, provocó el arribo de tres elementos de la unidad de violencia intrafamiliar de la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM), quienes se sumaron a los dos agentes que estaban ya en la vivienda.

El parte de novedades de ese día, señalaba que les habían reportado que en el interior del domicilio se escuchaban gritos de la menor de edad Yedidiah Arancibia, quien pedía que ya no le pegaran.

Los policías Oscar Murillo y Martín García, mencionaron que Ana Arancibia les manifestó que le había pegado a su hija porque “se estaba portando mal, y que ella es licenciada y sabe en qué parte del cuerpo pegarle”.

Ahí en la vivienda, la policía Margarita Zepeda Aguilar le pidió a la madre de la menor que la golpeara en la misma parte del cuerpo con el carrizo, y con la misma fuerza con la que había golpeado a la niña.

Ana señaló que se había negado porque no pretendía golpear a un oficial de policía, hasta que fue convencida por Zepeda Aguilar. Comentó que después de que le dio con la vara en el glúteo, la oficial emitió un: “¡¡Aaay!!”, pegó un brinco, evaluó la intensidad del golpe y consideró que había sido muy duro. Eso fue parte de la decisión de habérsela llevado detenida.

Posteriormente, dijo Arancibia, algunos policías municipales tomarían a broma el incidente con la mujer policía, y se burlarían enfrente de ella, pasándose la vara de mano en mano y diciéndose entre sí: “¿te duele?, ¿te duele?”.

Hospital General de Ensenada.
Fotografía: Ricardo Meza Godoy / plex


La madre y la menor fueron trasladadas a las oficinas de la DSPM en Calle 9 y Espinoza, donde un médico perito de la propia DSPM certificó a las 14:39 horas, el estado de salud de la niña.

La descripción fue la siguiente:
“Se tiene a la vista femenina presentada por policía municipal para certificación médica. Al interrogatorio directo se refiere asintomática; niega antecedentes patológicos o tratamientos médicos. A la exploración se observa: alerta y conciente, cooperadora, sigue indicaciones adecuadamente. Equimosis en región glutea derecha”.

El diagnóstico: “LESIONES NO MENOS NO”, que significa que NO ponen en peligro la vida, tardan en sanar MENOS de quince días, y NO ameritan hospitalización.

Ese documento, fue suficiente para que Ana Arancibia fuese arrestada por los municipales, y esposada al interior de un vehículo de la policía municipal, quienes la remitieron a la Agencia del Ministerio Público del Fuero Común (AMPFC); mientras que la niña, de acuerdo al parte de novedades de la DSPM, fue puesta a disposición del DIF Estatal en custodia preventiva, en la Casa Hogar Cañón Buenavista.

Adrián Diaz de la Peña, agente del Ministerio Público del Fuero Común, respondió el mismo 20 de junio a las 16:59 horas a los policías municipales, que no podían detener a la madre de Yedidiah, luego de que el juez calificador Edgar Muñoz Gonzalez la pusiera a disposición de esa autoridad.

La explicación fue, que del análisis de la documentación enviada a la AMPFC, quedó demostrado que la indiciada Arancibia Luna Ana, no fue detenida en flagrancia delictiva, en virtud de no haber sido asegurada en la forma y términos que establece el artículo 106 Párrafos Segundo y Tercero del código de procedimientos penales.

Luego de que revisaran el parte policial homologado, y a pesar de considerar que la madre provocó una lesión con el golpe del carrizo a Yedidiah Arancibia, como establecía el Certificado Médico de Integridad Física número de folio ENSCE-10915/15, los agentes aprehensores dentro de la narrativa del parte policial no establecen el momento en el que la madre golpeó a la menor, por lo que no se puede precisar la flagrancia delictiva, y se declara injustificada la detención, además de ordenarse la inmediata libertad de la mujer.

No obstante, agregó el agente del MPFC, deberán practicarse todas y cada una de las diligencias que sean necesarias tendientes a comprobar el cuerpo del delito que se trate, así como acreditar la probable responsabilidad del indiciado, para que en el momento oportuno se resuelva sobre el ejercicio o no de la acción penal, y se solicite el correspondiente pedimento de orden de aprehensión, conforme a lo previsto en el Artículo 109 del código de procedimientos penales.

Ana Arancibia refiere que después de lo que estima fue una hora de espera esposada en el vehículo, le quitaron las esposas y la dejaron en libertad. Sin embargo, aunque tuvo conocimiento de la ubicación de su hija, supuestamente en el Albergue del Cañón Buenavista, la policía municipal le había resguardado temporalmente artículos personales entre los que se encontraban las llaves de su casa.

Fue hasta aproximadamente las 21:30 horas, cuando Ana pudo recolectar las llaves de su vivienda y se retiró del lugar.

Desde ese momento, dijo: “Ya no la vi, y ya no supe, y nadie me informa nada, y yo estuve pregunte y pregunte y nada. ¿Por qué?, por que el DIF no trabaja en sábado y domingo. Entonces me dijeron, hasta el lunes tienes que presentarte ante el DIF Estatal y en el Ministerio Público en la Agencia de delitos contra la vida y la salud que se encuentra allá en el Ciprés”.

La mujer relató que regresó esa noche del 20 de junio a su casa, acompañada por una amiga, pues no tiene ningún familiar residiendo en la ciudad de Ensenada.

Pasó la noche ahí, y al día siguiente, un abogado al que contactó para pedirle asesoría le llamó la atención y le pidió que no perdiera tiempo. “Yo que tú, si fuera mi hijo, yo ya hubiera pegado la carrera a ver dónde está la niña”, le comentó el abogado. “Es que yo ando buscando que alguien me asesore qué procedimiento sigue y qué puedo hacer”, dijo haberle respondido Arancibia.

Denuncia en PGJE.
Fotografía: Ricardo Meza Godoy / plex


“A partir de ahí he visto tantos abogados, y ninguno sabe cómo actuar en contra del DIF”, agregó.

– ¿Y el DIF no tuvo comunicación con usted?, se le preguntó.
– “No”, respondió.

El domingo 21 de junio, Ana visitó la Casa Hogar en el Cañón Buenavista. “Pura terracería, las oficinas son dos trailas. Las casas están como en desnivel está muy mal. Yo luego luego dije esta casa hogar es como para niños de 11 años para arriba, pero para mi nena […] no es apto. Yo vi y dije, no se veía nada bien”, explicó.

Dijo haber hablado con la directora de la Casa Hogar, quien le negaba información. No la dejaron ver a su hija, pero pudo verla desde lejos en el patio, lo que le bastó de momento.

Sin embargo, la estancia de la niña en ese lugar, no había sido oficializada. Es decir, que el DIF Estatal, no tuvo registros de la ubicación de la niña en dicha Casa Hogar hasta días después.

Patricia Berenice Escudero Ibarra, Subprocuradora para la Defensa de los Menores y la Familia del DIF Estatal, en un oficio que envió al Subprocurador de los Derechos Humanos en Ensenada, Heriberto López López, sellado de recibido el 2 de julio, señaló que la menor se encontraba a disposición del DIF desde el martes 23 de junio del 2015, por conducto del C. Juez Calificador en turno.

Esto significa, que pasaron 3 días en los que la menor estuvo en custodia de personas ajenas a su familia, sin que mediara una documentación formal por parte del DIF.

El lunes 22 de junio, arribó a las 11:00 horas a la ciudad de Ensenada la madre de Ana Arancibia, proveniente del Distrito Federal. En ese momento se dirige con su hija a las oficinas del DIF Estatal.

La madre de Yedidiah, aseguró que en el DIF, se entrevistaron con una mujer de nombre Rita Robles, quien les dijo: “No nos llegó el oficio de la menor que ingresó el fin de semana. Fue la única que ingresó. No sabemos ni cómo se llama”.

Dado que no podía ser entregada la menor a su madre, esperaban que la abuela fuera quien pudiera atender a la niña.
“Todavía no ingresa al sistema, sí se la podemos dar a tu mamá, pero búscame el oficio”, fue el comentario que dice recibió de Rita Robles.

“Pues ahí me tiene buscando en Seguridad Pública, en el Ministerio Público, en todas partes, el oficio lo tenía la Oficial Margarita Zepeda (la policía municipal de Violencia Intrafamiliar que golpeó con el carrizo) y no lo metió hasta el 23”, comentó.

Esto es, que el DIF negó entregarle la menor a la abuela, porque no aparecía en el sistema la niña, quien tenía ya 2 días presuntamente (pues no hay como probarlo) de manera permanente en la Casa Hogar financiada por “Friends Of Casa Hogar Cañon Buenavista”, un organismo extranjero con sede en Manhattan Beach, California, en Estados Unidos.

Fue precisamente hasta el día 23 de junio, una vez que ya fue registrada en el sistema del DIF la menor Yedidiah, cuando personal del DIF la lleva con los agentes de la Policía Ministerial, Mauricio Aguilar Lemus, y Johana Green Brambila, acompañados por la psicóloga adscrita al DIF en Ensenada, Verónica Lara Leree, para que practicaran diligencias de tipo penal, y fuese interrogada la menor.

El 25 de junio y posteriormente el 29 de junio, Ana Arancibia remitió una carta al Gobernador del Estado Francisco Arturo Vega de Lamadrid para que le ayudara a obtener la custodia de vuelta de su hija, sin que haya habido respuesta a la fecha.

Ana fue valorada psicológicamente por Lara Leree los días 29 de junio, 3 de julio, 9 de julio, 15 de julio, y el 24 de julio llegó a la conclusión de que el resultado psicológico de la madre de Yedidiah era: FAVORABLE, recomendando en esa fecha el egreso de la menor Yedidiah Arancibia.

Sin embargo, establece que se hayan cumplido 4 condiciones para que se concrete:
1) Que acuda a escuela para padres.
2) Que acuda a terapia psicológica.
3) Que presente mínimo de 5 sesiones firmadas de escuela para padres y terapia en “NO MENOS DE 35 DÍAS”, y una vez estando con la menor, seguir asistiendo hasta concluir satisfactoriamente lo antes mencionado.
4) Que quede resuelta la investigación efectuada por el Ministerio Público.

Asimismo, recomendaron que la menor no conviva con la abuela María de los Ángeles Luna García, porque en las declaraciones hechas por la niña ante el Ministerio Público y la psicóloga, la menor dijo que su mamá y su abuela le pegaban, algo que preocupó a los funcionarios.

Para que la abuela pueda convivir con su nieta, deberá haber concluido una terapia psicológica y presentar constancia con firmas.

Después de que Ana conociera los requisitos del DIF para poderle entregar a su hija, le permitieron realizar una visita supervisada, que tuvo lugar el 27 de julio en oficinas del DIF Estatal, donde se percató de que la menor se encontraba en un estado de salud deteriorado en relación a la última vez que la había visto.

Ana Arancibia muestra carta enviada al gobernador del Estado.
Fotografía: Ricardo Meza Godoy / plex


La menor manifestó en el sitio, que en la Casa Hogar no le daban papel para limpiarse en el baño, y su madre se percató en presencia del personal del DIF, que tenía la ropa interior sucia, con heces secas pegadas a la piel, e irritadas vías urinarias.

La responsable de la Casa Hogar, Soledad Valdéz, niega rotundamente que los niños bajo su cuidado estén sucios, y asegura que es la primera vez que reciben ese tipo de acusaciones que pudieran suponer malos cuidados. Sin embargo, tanto personal del DIF como la madre de Yedidiah se percataron de un estado físico deplorable de la menor, aunque el DIF no ha emitido una confirmación formal del incidente.

Indignada por las condiciones en las que se encontraba su hija, Ana Arancibia acudió a la PGJE a entablar una denuncia por el delito de Omisión de Cuidado, a quien resultara responsable.

La denuncia quedó registrada el lunes 27 de julio del 2015, bajo número de expediente 4787/15/311/AP, y a cargo del seguimiento la Agencia del Ministerio Público Investigadora de Delitos Contra la Vida y la Salud.

El 29 de julio, en una carta dirigida a Escudero Ibarra subprocuradora en la Procuraduría para la Defensa de los Menores y la Familia del DIF Estatal, Ana Arancibia solicitó que una nueva psicóloga tome el expediente de su hija, registrado bajo el número IM/ENS/001/45/2015.

Además, aprovechó el documento para preguntar a Escudero: “REALMENTE NO ME QUIEREN DEVOLVER A LA NIÑA, LA PREGUNTA ES: ¿PORQUÉ ME PONEN TANTOS OBSTÁCULOS?”

El mismo 29 julio alrededor de las 22:17 horas, Yedidiah fue internada al Hospital General de Ensenada.
“Me hablan en la madrugada del jueves y me dicen, tu niña está hospitalizada”, comentó Ana, asegurando que la persona que le informó sobre la hospitalización de la menor, fue la directora de un albergue temporal para menores al que había sido trasladada Yedidiah entre el lunes 27 y el martes 28 de julio. La niña tenía inflamado el estómago y presentaba vómitos.

“Tiene infección urinaria, y según gastroenteritis […] si el médico dijo que se le volteó el estómago, es por la deshidratación y por la diarrea que ella ya presentaba. Y me imagino que lo que les asustó a la directora del albergue fue que empezó a vomitar y que se le inflamó el estómago”, agregó.

El 31 de julio, Gerardo Marrón Avilés, titular de la Agencia del Ministerio Público Investigadora de Delitos Contra la Vida y la Salud, envió un oficio a Berenice Escudero Ibarra, asegurándole que dicha fiscalía no tenía inconveniente alguno en que Yedidiah fuese devuelta a su madre, ya que ellos no habían sido quienes pusieron a disposición del DIF a la menor, sino el Juez Calificador Edgar Muñoz González, en el oficio 944/15/BP del 20 de junio del 2015.

La determinación de si la madre era competente o no para recibir a Yedidiah, agregaron, será criterio del propio DIF, algo que fue evaluado de acuerdo a los exámenes a los que fue sometida Ana Arancibia.

Entrevistada este sábado 1 de agosto, Ana comentó que se le citó con la subprocuradora hasta el miércoles 5 de agosto, para revisar los términos en los que podrían regresarle a su hija.

Considera, que su hija debería ya estar en su custodia, sin embargo, las disposiciones del DIF establecen que debe primero cumplir con los requisitos que se le impusieron.

Yedidiah, de acuerdo a personal del DIF Estatal en Mexicali consultado por plex, evoluciona positivamente en su estado de salud en el Hospital General, aunque no ha sido dada de alta.

Aún se desconoce si el DIF inciará algun procedimiento extraordinario de revisión a la Casa Hogar Cañón Buenavista.
 
 
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