- La iniciativa busca dar autonomía y patrimonio propio a las corporaciones de bomberos en Baja California, así como la creación de un Patronato y una Academia de Bomberos.
El tema que será analizado mañana jueves 20 de febrero del 2020 en la Comisión de Gobernación de la XXIII Legislatura del Estado, fue propuesto desde el 7 de noviembre de 2019 por la diptuada de Ensenada Claudia Agatón, del Partido del Trabajo, en el marco de la serie de incendios forestales que destruyeron cientos de viviendas y miles de hectáreas en la región; y pusieron en el ojo de la opinión pública la realidad que viven los bomberos en el Estado.
La iniciativa busca reformar el Artículo 8 de la Constitución Política del Estado quedando como sigue:
TEXTO VIGENTE | TEXTO PROPUESTO |
ARTÍCULO
8.- Son derechos
de los habitantes del Estado:
I a la VII.- (…) (…) |
ARTÍCULO
8.- (…):
I a la VII.- (…) (…) A que el Gobierno del Estado a través de las entidades paraestatales con personalidad jurídica y patrimonio propios denominadas Heroicas Corporaciones Estatales de Bomberos de los Municipios del Estado, garantice el servicio público de especialización en las labores de apoyo para la salvaguarda de la población, sus bienes y entorno, ante la ocurrencia de una emergencia, siniestro o desastre. La Ley regulará la organización, facultades, remuneraciones y prestaciones sociales de los servidores públicos de las Heroicas Corporaciones Estatales de Bomberos de los Municipios del Estado, así como las figuras de Patronato, Órgano Interno de Control y Academia de Bomberos para cada una de ellas. |
Sin embargo, de acuerdo a la propia diputada Agatón, en el proyecto de dictamen que se pretende votar mañana, se resuelve que la iniciativa es improcedente porque la reforma “no va acorde a derecho, no tiene sustento constitucional de orden federal o local, y podría contravenir el interés público”, y además, de que los heroicos cuerpos de bomberos “no tienen una función estratégica o prioritaria en el desarrollo del Estado, de ahí la imposibilidad de constituirse como entidades paraestatales como propone la inicialista”.
Agatón menciona que “desconocedores de la administración pública paraestatal, en la Dirección de Consultoría Legislativa del Congreso, quien elabora los proyectos de dictamen, ignoran que existen organismos descentralizados denominados Heroico Cuerpo de Bomberos, los cuales forman parte de la administración pública como entidades paraestatales, por lo que si fuera congruente y fundado lo que argumentan, entonces no existirían dichos organismos como es en el caso de la Ciudad de México y varias entidades federativas”.
Antecedente:
Queda entonces únicamente esperar a la decisión de los diputados, que en su mayoría, al menos durante la presentación de la iniciativa, aplaudieron la propuesta.
INICIALISTA | PROPUESTA | OBJETIVO |
Dip. Claudia Josefina Agatón Muñiz | Reformar el artículo 8 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. | Elevar a rango constitucional la prestación del servicio público proporcionado por los cuerpos de Bomberos de los municipios, dándoles el carácter de organismos paraestatales, con personalidad jurídica y patrimonio propios denominadas Heroicas Corporaciones Estatales de Bomberos de los Municipios del Estado. |
Fotografía de portada: Andrew Magill / CC-BY
Categorías:Política y Gobierno