Autoridades del Gobierno Federal en México anunciaron la tarde de hoy lunes 30 de marzo de 2020, que tras reunión del Consejo de Salubridad General y dada la situación provocada por la pandemia del COVID-19, emiten una declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor provocada por el virus SARS-CoV-2-COVID19.
El Secretario de Relaciones Exteriores de México, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, dio a conocer la medida acompañado por el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud Hugo López-Gatell Ramírez, y mandos militares de la Secretaría de Marina y de la Secretaría de la Defensa Nacional.
López-Gatell consideró que el peligro mayor es que los casos superen la capacidad que existe en el Sector Salud.
El llamado es a reducir todas las actividades no esenciales en organizaciones públicas y privadas a lo largo del territorio nacional, para que las personas se mantengan en sus casas evitando las posibilidades de contagio, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020.
La Secretaría de Salud planea tomar nuevas medidas que son las aprobadas:
- Se ordena la suspensión inmediata desde el 30 de marzo y hasta el 30 de abril de actividades no escenciales en los sectores público, privado y social, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus en la comunidad.
- No paran actividades esenciales como las que incluyen al sector salud (campo público y privado); las de seguridad; las de impartición de justicia y poder legislativo.
- Sectores esenciales para el funcionamiento de la economía no suspenderán actividades. Tampoco lo harán los programas sociales. Oficinas públicas harán reducción inmediata de actividades accesorias pero la operación no para.
- Servicios de agua, energía drenaje, saneamiento básico, se mantienen activos.
- Se prohiben congregaciones de más de 50 personas.
- Se pide seguir las medidas de sana distancia, lavado constante de manos y estornudo en el interior del codo.
- Se exhorta a toda la población en México, incluídos los extranjeros, que no participen en actividades esenciales a cumplir el resguardo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020.
- Toda persona mayor de 60 años debe estrictamente mantenerse a resguardo. Así como personas con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmuno supresión adquirida o provocada, en estado de embarazo o puerperio inmediato independientemente de que su actividad laboral se considere esencial.
- Terminadas las actividades no esenciales después del 30 de abril, la Secretaría de Salud en acuerdo con la Secretaría de Economía y Secretaría del Trabajo, emitirán lineamientos para el regreso escalonado y regionalizado a las actividades laborales, económicas y sociales.
- Se deberán postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional que involucren la movilización de personas y entrevistas cara a cara.
“Cierto es que la gran mayoría de los que se han contagiado van a salir adelante, eso es en porcentajes, pero en la vida cotidiana sabemos que podemos perder a algún ser querido”, agregó Ebrard.
Dijo que los trabajadores durante este mes deben tener garantizado su salario, o habría repercusiones hacia las empresas que podrían llegar hasta responsabilidades penales.
Ebrard apuntó que si no se concentra todo el esfuerzo de quedarse en casa este mes, el daño a las empresas estima se extendería hasta un año.
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Imagen de portada: Cortesía / Gobierno de México
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