Boletín

Inspecciones y cobros de la COEPRIS van sobre propietarios de albercas

(Con información de boletín) La Secretaría de Salud del Estado informó que ante la llegada del verano y las altas temperaturas que ya se registran, la Comisión Estatal de Prevención contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS) realiza un operativo para verificar la calidad del agua en las albercas públicas y privadas de la entidad.

Exhortan a los propietarios de albercas y establecimientos que cuentan con este tipo de atractivos, tanto públicos como privados, para que acudan ante la COEPRIS para llevar a cabo la actualización del registro.

Entre los requisitos está el registrar el nombre completo del establecimiento, así como del propietario, el domicilio, número telefónico y correo electrónico; fecha del inicio de operaciones y el número de cuerpos de agua con los que cuentan, tales como albercas, jacuzzis o chapoteaderos, y anexar la copia del recibo de pago correspondiente al monitoreo de la actual temporada.

De acuerdo a la COEPRIS la fecha para la actualización del padrón vence el próximo 15 de junio y el análisis de inicio puede realizarse en el laboratorio de su preferencia, sin embargo, aseguran que los monitoreos posteriores que llevará a cabo el personal de la COEPRIS, tendrán que ser a través del Laboratorio de Salud Pública Estatal.

El objetivo principal, dicen, es evitar la presencia de la Amiba de Vida Libre.

Para esta temporada pretenden regular la cantidad de personas que acuden a las albercas, y esto será de acuerdo al semáforo epidemiológico que registre cada una de las ciudades del Estado, a fin de evitar posibles contagios de COVID-19.

Respecto a las acciones de este operativo, están la verificación de las condiciones sanitarias generales, así como la infraestructura, bitácoras de limpieza, mediciones de cloro residual libre y ph, la detección de Amiba de Vida Libre y coliformes fecales en base a la Norma Oficial Mexicana 245-SSA1-2010.

Señalaron que esto es aplicable a todas las albercas de centros vacacionales, clubes deportivos, balnearios, centros de enseñanza, hoteles, moteles, desarrollos turísticos, parques acuáticos o cualquiera que preste un servicio público.

Finalmente, apuntaron que quienes no cumplan o en los casos donde se detecten irregularidades, se procederá a la suspensión total de operaciones, de acuerdo a lo que establece el Artículo 404 fracción VII de la Ley General de Salud.


Fotografía de portada: USAG- Humphreys / CC-BY

Deja tu comentario Cancelar respuesta